ORDENANZA
DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE DERECHOS PARA LAS PERSONAS Y GRUPOS DE
ATENCIÓN PRIORITARIA DEL CANTÓN TENA
N°
43-2013
APROBADA
25-09-2013
FUNDAMENTO
JURÍDICO
Constitución de la República del Ecuador.
Artículos: 10, 11, 35-55, 56-60, 85, 156, 157, 341.
Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización (COOTAD)
Artículos: 4 literal h), 54
literal j), 57, literal b), 64, literal k), 249,
598
Ley Orgánica de Participación Ciudadana
Artículos: 3 numeral 3), 57.
Art.
1. Definición. El Sistema de Protección Integral de Derechos para
las personas y grupos de atención prioritaria del Cantón Tena, es el conjunto
articulado y coordinado de sistemas, instituciones, políticas, normas,
programas y servicios que aseguran el ejercicio, garantía y exigibilidad de los
derechos reconocidos en la Constitución, los instrumentos internacionales y el
cumplimiento de los objetivos del régimen del buen vivir; será parte del
Sistema Nacional de Inclusión y Equidad Social y de los sistemas especializados y se regirá
por sus mismos principios y ámbitos. Se
articulará al Plan Nacional de Desarrollo y al Sistema Nacional Descentralizado
de Planificación Participativa.
Forman parte
del Sistema de Protección Integral de Derechos para las personas y grupos de
atención prioritaria del Cantón Tena además de los señalados en la presente Ordenanza,
todos aquellos organismos que por sus competencias, funciones o mandatos estén
vinculados a servicios, garantía, protección, vigilancia y exigibilidad de
derechos.
Art. 2.
Objeto. La
presente Ordenanza tiene por objeto crear y regular el Sistema de Protección
Integral de Derechos para las personas y grupos de atención prioritaria del cantón
Tena.
Art. 3.
Principios. Son
principios rectores del funcionamiento del Sistema de Protección Integral de
Derechos para las Personas y Grupos de Atención Prioritaria
del cantón Tena, los establecidos en el artículo 11 de la Constitución y los
contenidos en las demás leyes vigentes.
Art.
4. Niveles. El Sistema de Protección Integral
de Derechos para las personas y grupos de atención prioritaria del cantón Tena,
está integrado por cuatro niveles de organismos:
1. Organismo de
formulación, transversalización, observancia, seguimiento y evaluación de
políticas públicas:
a) Consejo Cantonal de
Protección de derechos.
2. Organismos de
protección, defensa y exigibilidad de derechos:
a) Juntas Cantonales de
Protección de Derechos;
b) Defensoría del Pueblo;
c) Defensoría Pública, y;
d) Administración de
justicia.
3. Organismos de ejecución
de políticas, planes, programas y proyectos:
a) Las entidades públicas
de atención;
b) Las entidades privadas
de atención; y,
c) Las entidades
comunitarias.
4. Organismos de
participación ciudadana:
a) Organismos de la
sociedad civil;
b) Consejos Consultivos; y,
Los Organismos del
Sistema de Protección Integral de Derechos formularán y ejecutarán protocolos,
rutas encaminadas a la protección, defensa y exigibilidad de derechos para las
personas y grupos de atención prioritaria.
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